¿Notario por Videoconferencia? TODO sobre la Tramitación telemática

¿Te gustaría tramitar documentos notariales por videoconferencia? El día 8 de Mayo del 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado español la Ley número 11/2023.

Esta Ley 11/2023 modifica la Ley del Notariado 12/2011 y hace posible por vez primera en la historia validar telemáticamente numerosos trámites notariales sin necesidad de trasladarse físicamente a una notaría.

Índice

Autorización notarial mediante videoconferencia

  • Los notarios podrán dar validez a escrituras, pólizas y otros documentos públicos por medio de videoconferencia.
  • El firmante accederá a la página web del notario y se conectará por videoconferencia con el fedatario que elija.
  • El notario mostrará el documento por la plataforma para que el firmante pueda leerlo.
  • Si el firmante no dispone de firma digital, el notario se la proporcionará gratuitamente.
  • El firmante validará el documento con su firma electrónica al finalizar la videoconferencia.
  • Se mantienen todas las garantías legales existentes en la validación presencial.
  • Esta reforma entra en vigor a los 6 meses de su publicación, previsiblemente el 9 de noviembre de 2023.

Descubre los documentos que se podrán validar telemáticamente

Los documentos que se podrán validar por videoconferencia son:

  • Constitución de compañías
  • Nombramientos y ceses de administradores
  • Poderes mercantiles y otros poderes específicos
  • Revocación de poderes
  • Actas de juntas generales
  • Pólizas mercantiles
  • Cartas de pago y cancelación de garantías
  • Testamentos en epidemias
  • Declaraciones de obra nueva
  • Divisiones de propiedad horizontal
  • Otros que se establezcan reglamentariamente

Expedición de copias digitales

  • Los notarios podrán emitir copias digitales con la misma validez que las copias en papel.
  • Incluirán un código seguro de verificación (CSV) que permitirá comprobar su autenticidad.
  • El CSV permitirá acceder permanentemente a la verificación de la copia.
  • Supondrá un gran ahorro de tiempo y papel.

Comparecencia electrónica ante notario

  • Se regula la comparecencia electrónica ante el notario para:
  • Aportar documentación previa
  • Solicitar copias digitales
  • Validar documentos electrónicos
  • El notario verificará la identidad y documentación del compareciente por medios electrónicos.

Protocolo electrónico notarial

  • Se crea el protocolo electrónico notarial, que es el archivo digital de las escrituras originales y documentos notariales.
  • Los protocolos estarán custodiados por el Consejo General del Notariado durante 25 años.
  • Permitirá una mayor agilidad en la transmisión de información a la Administración.

Resumen

En definitiva, la Ley 11/2023 moderniza la legislación notarial y posibilita la tramitación telemática de numerosos procedimientos notariales, evitando desplazamientos innecesarios pero manteniendo todas las garantías legales. Esta trascendental reforma entrará en vigor el 9 de noviembre de 2023.

Preguntas frecuentes

¿En qué consiste la Ley 11/2023?

La Ley 11/2023, publicada en el BOE el 8 de mayo de 2023, modifica la Ley del Notariado para permitir la realización de trámites notariales por medios digitales.

¿Qué gestiones notariales se podrán hacer en línea?

La ley permite validar por videoconferencia escrituras, pólizas, constitución de empresas, poderes, actas, testamentos en epidemias y otros documentos notariales.

¿Cómo se firmarán los documentos?

Los firmantes validarán los documentos con su firma digital a través de la página web del notario al finalizar la videoconferencia.

¿Se podrán obtener copias digitales?

Sí, los notarios podrán emitir copias digitales validadas de los documentos notariales, con CSV para verificar su autenticidad.

¿Cambian las garantías legales?

No, la reforma mantiene todas las garantías legales existentes en la validación presencial de documentos notariales.

¿Cuándo entra en vigor la ley?

La Ley 11/2023 entra en vigor a los 6 meses de su publicación, previsiblemente el 9 de noviembre de 2023.

¿Es obligatorio hacer los trámites en línea?

No, la reforma es para facilitar los trámites notariales, pero no es obligatorio hacerlos digitalmente.

¿Qué es el protocolo digital notarial?

Es el archivo digital con las escrituras originales y documentos notariales, que estará custodiado por el Consejo General del Notariado.

¿Se podrán seguir haciendo los trámites de forma presencial?

Sí, la reforma solo añade la opción de realizar determinados trámites notariales por medios digitales, pero se mantienen las opciones presenciales.

Subir